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CONVENIO COLECTIVO DE TRABAJO
Escrito por Administrator   

(VIGENCIA DEL 1 DE DICIEMBRE DEL 2007 AL 30 NOVIEMBRE DEL 2011)



•  Reajuste Periódico de Sueldo Base: En los meses de  Mayo y  Noviembre de cada año el 100% del IPC.

•  Reajuste periódico de beneficios y asignaciones: los beneficios expresados en unidad de fomento (UF) solo se reajustarán según las variaciones que experimente dicha unidad, debiéndose pagarse al valor vigente de esta del ultimo días del mes que proceda pagarse el beneficio. Los beneficios expresados en dinero se reajustaran en los meses de Mayo y Noviembre de cada año.

•   Asignación de Caja:  $24.115 - $27.480 en proporción a los días efectivamente trabajados.

•     Asignación de Colación:

  • $ 920     con menos de  6 en la empresa
  • $987      entre 6 y menos de 11 años
  • $1.066   11 o mas años.


•     Asignación de Locomoción:  $6.099  en proporción a los días efectivamente trabajados

•    Asignación de Movilización especial : Se pagara una asignación de $763 diarios a los vendedores multifuncionales, asistentes de sala y cajeras que les corresponda trabajar hasta las 12 de la noche, y aquellos vendedores que sé desempeñen en locales de urgencias (24 Hrs. ), Se entiende por jornada nocturna desde las 24.00 a 7.30Hrs., y de 24.00 a 08.30Hrs.  Esta asignación de movilización especial es incompatible con cualquier otra asignación o bono de movilización o locomoción. 

•  Bono Especial de Movilización: Se pagara por este concepto $17.200 proporción a los días efectivamente trabajado, que deban tomar más de dos locomociones para concurrir a su trabajo.

•   Bono Nocturno para Navidad y Año Nuevo: $10.000 vendedores multifunción jornada nocturna, en locales de urgencias (24Hrs), los días 24 y/o 31 de diciembre por noche trabajada.


•   Bono de Escolaridad: UF 1,95 con hijos estudiantes en niveles prekinder, kinder y educación básica y en educación media o superior UF 2.21 por cada ellos, en el mes de Marzo, previa presentación del certificado de matricula.

•   Aguinaldo de Fiestas Patrias y Navidad: la empresa pagará a cada trabajador un aguinaldo de Fiestas Patrias de UF 1.79 y un aguinaldo de Navidad de UF 3,59

•   Bono de Vacaciones: UF 2,82 para tener derecho a este beneficio deberá hacer  uso de a lo menos 10 días hábiles de feriado.

•   Préstamo de Vacaciones: $100.000  el que será descontado en diez cuotas iguales y sucesivas sin reajuste ni intereses.

•  Cuota Mortuoria:   Fallecimiento del Trabajador 50 UF.                            

  •   Fallecimiento Cónyuge, Hijos,  10 UF.
  •   Fallecimiento  Padre o Madre, 10 UF


•    En el caso de muerte del cónyuge o hijos el trabajador tendrá a siete días corridos de permiso y en caso de la muerte del padre o la madre tendrá derecho a tres días corridos de permiso. Los días de permisos serán considerados como laborados, esto es, con derecho a remuneración.


 •   Bono Matrimonio: 9 U.F. más 5 días de permiso con derecho a remuneración. (los días de permiso no incluyen los descansos)

•    Bono de Nacimientos: 10 U.F. más 5 días de permiso con derecho de remuneración.

•    Capacitación al Personal: la empresa proporcionara veinte becas para igual Nº de Trabajadores se capaciten en materias relacionadas con el giro de esta. Los deben aprobados por SENCE.


•     Descuentos en Adquisición de artículos que comercializa la empresa :

•    -Productos de específicos genéricos     30%
•    -Productos de laboratorios 10-210-235    25%
•    -Otras Marcas                                 12%
•    -Producto de consumo masivo        10%
•    -Vitamin Life                                                12%

•      Bono por Inventario Generales: Bono imponible de $14.000 y Bono de locomoción de inventario general de $2.000.

•       Seguro: Un seguro para cubrir aquellos bienes personales que les sean robados productos de asaltos o incendios, tendrá una cobertura máxima de 25 U.F. por persona, con un tope de 1.000 U.F para el total de los trabajadores de la empresa por año.

•    Reconocimiento por años de Antigüedad:

1.- A los catorce años de antigüedad, un bono de $50.000.-
2.- A los diez y siete años de antigüedad ,un bono de $75.000.-
3.- A los veinte años de antigüedad, un bono de $100.000.-

 

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